Contrato Individual de Trabajo Descargar Ejemplo 2024

Contrato Individual de Trabajo Descargar

El Contrato individual de trabajo representa un derecho para el empleado y una obligación para el patrón. Sin embargo, para ambos casos se perciben deberes y beneficios ¿Tienes tus dudas? Vamos a resolver cada una de ellas a continuación.

Descargar un contrato individual de trabajo es fácil y sencillo. Todo lo que necesita hacer es hacer clic en el enlace que dice descargar.

El contrato individual de trabajo que esta por descargar es editable, eso significa que puede abrirlo en Word o en documentos de Google drive, ¡descargue su contrato individual de trabajo ahora!

¿Qué es un contrato individual de trabajo?

Es un documento legal que representa la principal relación entre el trabajador y el empleador. En este se establecen condiciones relacionadas con las condiciones de pago y trabajo; jornada, prestaciones y obligaciones para ambas partes. 

A pesar de que no es necesario que exista un contrato escrito para que haya una relación laboral, la ley recomienda que sí se celebre este acto entre las partes. De esta manera, se tendrá una mayor certeza sobre las condiciones acordadas.

¿Para qué sirve un contrato individual de trabajo y por qué son importantes?

Consiste en un medio que brinda la posibilidad de resolver problemas o conflictos laborales en base a las condiciones de contratación. 

Por lo tanto, busca garantizar la protección de los intereses tanto del empleador como del empleado.

Para lograrlo, se registran las responsabilidades de ambas partes, los beneficios a percibir, las especificaciones de la remuneración y la duración de la relación laboral en cuestión. De esta forma, se busca que el proceso sea exitoso y productivo.

Características del contrato individual de trabajo

Un contrato individual de trabajo tiene las siguientes características:

  • Es bilateral: Ambas partes se comprometen a cumplir con lo acordado, tales como las cláusulas relacionadas con el trabajo, las normas de la empresa, prestaciones, etc.
  • Es oneroso: Se perciben beneficios tanto para el empleador que recibe el servicio prestado como para el trabajador que, a cambio de su fuerza laboral, le es otorgado un salario.
  • Es conmutativo: Pues a partir de su celebración, puede verificarse que las condiciones establecidas son equivalentes, es decir, que ambas partes poseen obligaciones y prohibiciones recíprocas.
  • Es de tracto sucesivo: Debido a que tiene ejecución diaria. Es decir, no se cumple de inmediato (como en la compraventa, por ejemplo), sino que el empleado presta sus servicios a cambio de una remuneración.

    Esto por un lapso de tiempo de unos 3 meses a 6 meses en promedio, de acuerdo al plazo convenido en el contrato.
  • Tiene un objeto y causa dentro de lo lícito: Así ambas partes pueden convenir en algo siempre
  • Es un contrato dirigido: Debido a que la legislación laboral fija los límites mínimos y máximo de la contratación. Así se busca nivelar la igualdad entre las partes.

¿Cuántos tipos de contratos de laboral existen?

Existen 4 tipos de contratos individuales de trabajo, a continuación, los describimos:

  • Por temporada: Se establece bajo un periodo laboral. Puede surgir por un aumento de producción, temporada alta o para reemplazo por motivos de vacaciones o licencia.
  • Por tiempo indeterminado: No tiene fecha de extinción o terminación laboral. Cualquier contrato personal sin fecha de duración se considera como indeterminado.
  • Periodo de evaluación o prueba: Diseñado para someter a valoración el desempeño laboral del empleado por 30 a 180 días. En función del resultado, se realiza un contrato de mayor duración o se da por terminada la relación.
  • Por obra o tiempo determinado: Su duración promedio suele rondar los 3 a 6 meses, llegando a veces a un año. Puede ser renovado una vez termine el periodo o dar por terminada la relación laboral.
  • Por capacitación inicial: Permite al trabajador obtener las habilidades que se requieren para el puesto a optar. No puede ser mayor a 3 meses, a excepción de puestos gerenciales, cuya duración puede ser de hasta 6 meses.

¿Cuál es la estructura de un contrato indivudual de trabajo?

De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, este tipo de documentos debe contener:

  • Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil, razón social, domicilio, tanto del trabajador como del patrón
  • Lugar o lugares para trabajar
  • Forma, monto y día de pago
  • Duración de la relación laboral
  • Tipo de servicio a prestarse
  • Tiempo de jornada
  • La promesa de capacitar al trabajador
  • Prestaciones, prima vacacional, fondo de ahorro, días de descanso, vales de despensa y demás condiciones que convengan a ambas partes.

¿Qué beneficios ofrece el contrato individual de trabajo?

Existen ventajas importantes para ambas partes, tales como:

Para el empleado:

  • Puede conocer todas las condiciones laborales, tales como horarios, vacaciones, indemnizaciones, etc.
  • Tiene constancia de las causales de término para no ser víctima de un despido injustificado
  • Tiene estabilidad real por el tiempo pactado
  • Consigue una remuneración (acorde a la ley) por su trabajo

Para el empleador:

  • Motiva la productividad de los trabajadores, pues transmite un sentido de responsabilidad con sus labores
  • Puede darse por terminada la relación en caso de no cumplir con el desempeño requerido (y previamente acordado)
  • Es un instrumento de protección legal frente a demandas y reclamaciones
  • Otorga credibilidad a la empresa, por lo que recluta al capital humano más valioso

¿Quién o quiénes participan en un contrato de trabajo?

Como en todo tipo de contrato, las personas que pueden participar de forma autónoma deben ser mayores de edad.

Sin embargo, en algunos países como México, se establece una edad mínima de 15 años para firmar un contrato individual de trabajo. No obstante, es importante tener en cuenta que debe ser realizado con la autorización de los padres o representantes. 

Igualmente, la jornada en estos casos deberá ser de un máximo de 6 horas. 

Ahora bien, las partes involucradas son:

  • El trabajador: Que deberá ser una persona física cuya responsabilidad será realizar un trabajo determinado a cambio de un salario y prestaciones fijadas en la Ley Federal del Trabajo.
  • El empleador: Que puede ser una persona física o moral cuyo compromiso estará basado en retribuir en pago y demás beneficios los servicios realizados por la figura anterior.

¿Qué ley regula los contratos individuales de trabajo en México?

La Ley Federal del Trabajo establece las condiciones y normas que deben seguirse en los contratos individuales de trabajo a partir de su artículo 20. 

Entre sus estatutos, dispone que, entre las obligaciones del trabajador, se encuentra el desempeñar bajo la dirección del patrón (o representante a cuya autoridad se mantiene subordinado) todo lo concerniente al trabajo. 

Por otro lado, algunos de los deberes establecidos para los patrones, estipula que deben cumplir con el pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones, proporcionar capacitación, así como aportar materiales de trabajo y útiles necesarios a empleados.

Finalizan las regulaciones específicas para los contratos individuales de trabajo en su artículo 34, fijando ciertas normas para que los convenios entre sindicatos y patrones se lleven a cabo sin afectar los derechos laborales.

Contrato individual de trabajo ¿Qué pasa si no se cumple?

En el caso del trabajador, el incumplimiento del acuerdo puede dar lugar a una amonestación verbal o escrita. Pueden contemplarse otras sanciones, como la suspensión de empleo, sueldo o incluso el despido sin derecho a indemnización.

Por el contrario, si el contrato de empleado no es cumplido por el empleador, el trabajador deberá solicitar judicialmente la rescisión del contrato laboral sin abandonar su puesto. A partir de ahí se realizará el procedimiento judicial que corresponda.

¿Es necesario que el contrato de empleo este notariado para que tenga validez?

Su validez es otorgada a partir del momento en que cada una de las partes llega a un acuerdo y firma las condiciones establecidas. Por lo tanto, de acuerdo a la Ley, no se requiere de ninguna otra formalidad, pues el acto tiene validez por sí solo. 

Sin embargo, en caso de que la empresa o el trabajador lo acuerden, pues ser legalizado o autenticado por un notario.

Cabe mencionar que, en algunos países como Chile, en trámites extranjería para ocupar un puesto de trabajo, se debe presentar el contrato de trabajo notariado y el Certificado de Vigencia de Contrato (firmado también ante Notario).

¿En qué circunstancias se puede dar por terminado un contrato individual de trabajo?

El contrato para trabajadores puede terminarse por diferentes causas, todas estas divididas de la siguiente forma:

Objetivas (No atribuidas al trabajador)

  • Mutuo consentimiento de las partes
  • Muerte del empleado
  • Renuncia del trabajador
  • Terminación de la obra, vencimiento del término o inversión del capital
  • Caso fortuito o fuerza mayor

Subjetivas (pueden ser atribuidas al trabajador):

  • Abandono del puesto de trabajo
  • Conductas inadecuadas de carácter grave, como acoso sexual, falta de probidad, etc.
  • Perjuicio material causado a las máquinas, herramientas, útiles de trabajo, instalaciones, productos o mercaderías
  • Negociaciones prohibidas en el contrato y llevadas a cabo por el trabajador
  • Comisiones o actos temerarios que puedan afectar el funcionamiento o seguridad de la empresa
  • Incumplimiento grave de las obligaciones establecidas en el contrato.

Necesidades de la empresa

  • Disminución de la productividad
  • Modernización o racionalización
  • Cambios en la situación económica o de mercado.

Desahucio del empleador

En estos casos, el despido debe ser comunicado al trabajador con 30 días de anticipación. 

Cabe mencionar que, la disolución del contrato de forma injustificada y unilateral por parte del empleador implicará una indemnización compensatoria a favor del empleado.

No obstante, si se comete ante una injuria tan grave por parte del trabajador que imposibilite la prosecución de la relación acordada en el contrato, no existe obligación de pagar indemnización alguna.

¿Dónde se debe registrar un contrato individual de trabajo o laboral?

Para otorgarles legitimidad, la empresa puede registrar los contratos laborales en la Junta de Conciliación y Arbitraje. Hacer esto es de gran importancia, puesto que protege el documento de violaciones y, por lo tanto, al trabajador y la empresa.

El proceso de registro exige ciertos requisitos dependiendo si la parte contratante es persona física o moral. A continuación, te mostramos una lista:

Contratante físico:

  • Copia de identificación personal (pasaporte, cartilla, credencial con fotografía, etc.)
  • Original y copia de RFC (Registro Federal de Contribuyentes)

Contratante moral:

  • Original y copia del instrumento notarial en el que se confieren facultades para firmar como jefe de empresa.

Además de lo anterior, se debe presentar un escrito de solicitud por triplicado firmado por el trabajador y el patrón. Éste debe dirigirse al Presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje.

El contrato individual de trabajo, por su parte, debe presentarse en 3 copias.

Preguntas frecuentes acerca de los contratos individuales de trabajo

¿Cuáles son los requisitos para modificar un contrato de trabajo?

Este documento puede ser modificado siempre que exista un común acuerdo entre las partes en todas aquellas cláusulas en las que hayan podido convenir libremente.

Si ese es el caso, las modificaciones deben dejarse por escrito y ser firmadas por el trabajador y el empleado al dorso del contrato o como un anexo.

¿Puedo solicitar una copia de mi contrato?

Sí. De hecho, se trata de un derecho que la empresa debe cumplir por obligación, pues servirá como instrumento de protección legal ante cualquier malentendido que pueda surgir.

Si se producen cambios a nivel corporativo ¿Tendré garantía de que conservaré mis condiciones laborales?

Sí. En caso de que surja algún cambio de este tipo, la empresa deberá mantener las mismas condiciones laborales. Esto, a menos que se establezca lo contrario en el contrato.

¿Cuándo debe firmarse un contrato laboral?

Es importante firmarlo en la fecha en que se inicia el trabajo en cuestión.

¿Qué consecuencias se generan si el contrato tiene una fecha distinta del periodo en que efectivamente fueron iniciadas las labores?

En estos casos, los derechos laborales que se generan a partir de dicho instrumento podrán ser ejercidos solo a contar de la vigencia del mismo, a menos que, judicialmente se pruebe lo contrario.

Por lo tanto, si ambas fechas son diferentes y el trabajador desea que se le reconozca el tiempo laborado anterior a la suscripción del contrato, deberá realizar una demanda a su empleador.

Esto tiene que hacerse en los Tribunales de Justicia y, en el juicio laboral, será necesario probar que se efectúe la veracidad de su afirmación.

¿Se debe firmar un anexo de contrato de trabajo al cubrir horas extras?

Sí, puesto que la Ley lo exige. Este anexo debe tener un plazo máximo de 3 meses y puede irse renovando a partir de un acuerdo común.

No obstante, en caso de trabajar horas extras sin que exista este anexo, de igual manera deberán ser pagadas al empleado.

Descargar formato de contrato individual de trabajo

Hay muchas razones por las que una persona puede querer descargar su propio contrato individual de trabajo.

Por ejemplo, si trabaja por su cuenta o es autónomo, es posible que desee tener su propio contrato de trabajo para cuando contrate empleados.

Puede descargar un contrato individual de trabajo para editarlo usted mismo, fácil, rápido y sencillo. ¡No espere más, descargue un contrato individual de trabajo ahora!

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